Adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018, hace poco más de 2 años, trata sobre el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, el objetivo es garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.
Dicho acuerdo se encuentra vinculado al emitido en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible, también conocido como Rio+20, que tuvo lugar entre el 20-22 de Junio de 2012 en Rio de Janeiro, Brasil, que a su vez proviene de otra reunión que se dio en el año 1992 y en el varios países de las ONU establecieron en Brasil una alianza mundial para definir medidas de cooperación para conservación del medio ambiente.
Como resultado de esa conferencia se creó un documento llamado “La declaración de Rio” y allí se suscribieron 27 principios que estaban orientados al desarrollo regional y a la protección del ambiente en América Latina. Para que el Acuerdo de Escazú se ratificado y para que pueda entrar en vigor necesita de la aprobación de al menos 11 estados latinoamericanos.
Si bien, hace dos años 22 países suscribieron el acuerdo, pero solo 9 de esos 22 lo han ratificado, los cuales son: Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis y Uruguay.
Actualmente el acuerdo ha generado muchas polémicas en algunos países latinoamericanos incluyendo Chile que no hace mucho se negó a ratificar dicho acuerdo porque según el gobierno manifestó tener una legislación ambiental que es reconocida, nacional e internacionalmente y que por ende no era necesario ratificar el acuerdo (eso entre otras razones).
En el caso de Colombia, debió ratificar el Acuerdo de Escazú en diciembre de 2019 sin embargo desde el ejecutivo se envió el proyecto para que fuese ratificado y aprobado por el congreso de dicho país, sin embargo, por la pandemia el mismo no ha sido concretado, además que muchos congresistas han manifestado oposición a mencionado acuerdo ya que podría violar la soberanía de Colombia.
El acuerdo de Escazú, se ha convertido en un tema de debate en la escena pública peruana debido a que un sector de la derecha y del empresariado, acusa a este tratado de políticas ambientales de lesionar la legislación nacional. Por otro lado, Brasil se encuentra deliberadamente estancada por un presidente que no cree en la necesidad de fortalecer las políticas ambientales en su país y por ende hay una fuerte resistencia por parte de este importante país y ratificar el acuerdo.
De hecho, Venezuela no ha ni firmado el acuerdo, está lejos de poder integrarse debido que tampoco ha iniciado los procedimientos correspondientes al caso y esto deja mucho que decir al respecto. Entre los países que se encuentran en una situación a Venezuela están: Cuba, Trinidad y Tobago, El Salvador, Honduras, Surinam, Barbados, entre otros.
El Acuerdo de Escazú es importante debido a que es un tratado que básicamente establece una serie de responsabilidades a los Estados para la generación de un entorno seguro para que las personas, pueblos indígenas y la sociedad civil puedan seguir haciendo su trabajo en la defensa del medioambiente, sin coacciones, agresiones o violencias territoriales.
Eso en parte, en el caso venezolano podría solucionar las decenas de irregularidades que existen el Arco Minero y otras zonas del país donde muchas comunidades han sufrido agresiones y que desde el estado no hay acciones concretas para defender y proteger tanto a las comunidades como al ambiente que también tiene derechos de ser protegido.
Esto vendría siendo la estructura y los principios del acuerdo:
Principios y conceptos claves
Artículo 1. Objetivo
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Principios
Artículo 4. Disposiciones generales
Acuerdos
Artículo 5. Acceso a la información ambiental
Artículo 6. Generación y divulgación de información ambiental
Artículo 7. Participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales
Artículo 8. Acceso a la justicia en asuntos ambientales
Artículo 9. Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales
Disposiciones
Artículo 10. Fortalecimiento de capacidades
Artículo 11. Cooperación
Artículo 12. Centro de intercambio de información
Artículo 13. Implementación nacional
Artículo 14. Fondo de Contribuciones Voluntarias
Artículo 15. Conferencia de las Partes
Artículo 16. Derecho a voto
Artículo 17. Secretaría
Artículo 18. Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento
Artículo 19. Solución de controversias
Artículo 20. Enmiendas
Artículo 21. Firma, ratificación, aceptación, aprobación y adhesión
Artículo 22. Entrada en vigor
Artículo 23. Reservas
Artículo 24. Denuncia
Artículo 25. Depositario
Artículo 26. Textos auténticos
Para más información y detalles dejamos estos enlaces de interés:
👉 Chile se niega a ratificar el Acuerdo de Escazú
👉 ¿Por qué es importante el Acuerdo de Escazú?
👉 5 Datos sobre el Acuerdo de Escazu
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